La Ley de Contratación con las Administraciones Públicas, recoge la obligación de las personas físicas o jurídicas a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos o licitaciones a los que opten, mediante la presentación de un aval bancario o de un seguro de caución.
Existen varios tipos de Avales ante la Administración dependiendo de las obligaciones asegurables:
-Aval de Licitación: Que deberá aportar toda persona física o jurídica que quiera optar a un concurso público en su oferta a la Administración. Esta garantía asegurará, en caso de resultar adjudicataria, la firma del contrato con la Administración, en base a las condiciones de la oferta presentada.
-Aval de Cumplimiento o de Ejecución de Contrato: A la firma de un contrato con la Administración o al haber resultado adjudicataria de un concurso y, en sustitución a un aval de licitación, deberá aportarse un aval de ejecución de contrato, que garantice el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en este.